Sector regulado
Hace: 6 años
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Por fin llega a España la liquidez compartida en el póker

La Dirección General de Ordenación de Juego (DGOJ) levantó a comienzos de año las restricciones de acceso a la liquidez en el póker en tres mercados clave: Francia, Italia y Portugal, una larga reivindicación por parte de las empresas de juego online que operan en nuestro país. Esta medida permite que los operadores de póker con licencia en España puedan ofrecer a sus usuarios en territorio español partidas en cualquiera de estos tres países, que tienen  firmado un acuerdo de liquidez compartida desde julio de 2017.

Con la creación de un marco común por parte de las autoridades galas, italianas y lusas para el póker online, se ha sentado un precedente para la DGOJ, que había observado con preocupación la evolución negativa en esta actividad de juego online en los últimos años (de XX en 201X a XX en 2017).

Consecuencias de las restricciones a la liquidez compartida

En este sentido, antes de la entrada en vigor de las modificaciones a la Ley de Regulación de Juego (13/2011 de 27 de Mayo), las limitaciones a la liquidez compartida en el juego online regulado habían constituido un factor disuasorio para muchos jugadores de póker, desde que se regulara el sector en 2012. Su introducción por parte de la DGOJ respondía principalmente a la necesidad de establecer el mayor control posible sobre el nuevo entorno regulado en esa fase inicial de ordenación de la actividad.

Sin embargo, muy pronto las cifras de póker comenzaron a reflejar una reducción del tamaño del mercado, en gran parte, a causa de las limitaciones a la liquidez compartida. Así, disminuyeron la variedad de productos, la disponibilidad de apuestas y su cuantía, con la consiguiente insatisfacción del usuario medio. En este contexto, las empresas de póker online con licencia española, especialmente las de menor tamaño, registraron una caída sensible de su rentabilidad y muchas salieron del mercado. Prueba de esta tendencia es que en 2014 había 27 operadores con licencia singular de póker y en junio de 2017 quedaban sólo 4 plataformas activas que ofrecían esta modalidad de juego. A todo ello se sumó una caída significativa de la recaudación fiscal.

Requisitos para acceder a la liquidez compartida

Estos motivos llevaron a la DGOJ a introducir a comienzos de año una serie de modificaciones que permiten a los consumidores acceder a mesas más interesantes, tanto por el nivel de premios, como por la calidad de las partidas, al aumentar el número de jugadores que pueden formar parte de ellas.  Asimismo, los operadores pueden desarrollar una oferta más atractiva, atraer así a más usuarios y elevar con ello su facturación, lo que al mismo tiempo redunda en una mayor recaudación tributaria derivada de los beneficios obtenidos por esta actividad.

Los operadores que quieran solicitar una licencia singular para el desarrollo y la explotación del póker online deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Contar con un sistema técnico de juego homologado
  • Comunicar de forma previa y expresa a la DGOJ la puesta en marcha del juego de póker en un entorno de liquidez internacional
  • Contar con un sistema técnico que garantice que los usuarios registrados en España sólo puedan compartir liquidez con los jugadores registrados en los Estados que hayan suscrito el acuerdo
  • Deben garantizar el conocimiento por parte de los usuarios del entorno en el que desarrollarán el juego.

La DGOJ, además, puede dar instrucciones a los operadores sobre requisitos técnicos para asegurar una eficaz supervisión y control.